Documentos necesarios para tramitar el reconocimiento de la Ciudadanía Italia. Vía administrativa.

¿Qué documentación se necesita para tramitar el RECONOCIMIENTO de la CIUDADANÍA ITALIANA en un Consulado italiano en Argentina?

En primer lugar debemos tener en cuenta que esto aplica al trámite de reconocimiento de la Ciudadanía Italiana por vía administrativa. Qué implica? Que es aplicable a cuando no es ni por matrimonio, ni cuando es por vía judicial. Una cuestión siempre importante es saber si en nuestra línea de ascendencia hay alguna mujer y en qué año nació el hijo del cual uno desciende de esa mujer. Les dejamos el link para que lean el artículo en el cual tratamos este tema y otros que les pueden interesar: https://www.activeciudadanias.com/blog/ciudadania-italiana-que-es-el-principio-de-ius-sanguinis-tiene-limites-la-transmision-de-la-ciudania-italiana

Entonces, si ya conocemos el linaje, y sabemos que debemos ir por la vía administrativa, qué documentación necesitamos? Aclaramos, a la persona que vino de Italia de la cual descendemos se la denomina AVO.

1- Partida de nacimiento de nuestro AVO

2- Partida de matrimonio de nuestro AVO

3- Partida de defunción de nuestro AVO

Luego necesitamos también las partidas de:

  • Nacimiento
  • Matrimonio
  • Defunción

De todos los descendientes de nuestro AVO, en línea recta hasta llegar a nosotros. Ejemplo: si mi AVO es mi tatarabuelo, necesito todas las partidas de nacimiento, matrimonio y defunción de mi tatarabuelo, bisabuelo, abuelo y padre. El ejemplo es con hombres a los fines de que sea mas fácil ver ya que si hubiese alguna mujer hay que ver la cuestión de los años que les explicamos antes. Qué mas necesitamos? .

4 – Certificado de No Naturalización

Luego tenemos que solicitar el Certificado de No Naturalización, actualmente (estamos en tiempos de coronavirus al momento de escribir este artículo) se puede solicitar por internet en este link: https://formularios.electoral.gob.ar/f03/?fbclid=IwAR2gZ1RqDGNZBxcARdlmQKC44x1UJbyxz2r4ongCi-cRmWB1mAf-aBsrbpU

Este Certificado de No Naturalización es a los fines de acreditar, como bien lo indica su nombre, que nuestro AVO no se naturalizó argentino, lo cual podría haber interrumpido la transmisión de la ciudadanía a sus hijos (este tema también se puede ver en el artículo que les indicamos mas arriba). Algo importante a tener en cuenta, si en nuestra línea de ascendencia son todos hombres, y nosotros tenemos el mismo apellido que nuestro AVO, podemos solicitar el Certificado de No Naturalización con las partidas de nuestro AVO y las nuestras; en caso de que no tengamos el mismo apellido, debemos enviar copias de todas las partidas, desde nuestro AVO hasta nosotros.

5- Legalizaciones.

En cuanto a este tema, depende de cada Registro provincial en particular y de cada Consulado. En algunos consulados, ya con el sellado pago del Registro de las Personas alcanza, recomendamos consultarlo a su Consulado si tienen dudas, de todas formas acá les dejamos el link del Ministerio del Interior que son quienes legalizan dichas actas: https://www.argentina.gob.ar/legalizacion-de-documentos-publicos

Vale aclarar que esta legalización también puede ser realizada ante estrados judiciales.

Un ejemplo particular, en el Consulado de Bahía Blanca, con las partidas con los sellados pagos de la provincia respectiva alcanza.

Qué sucede con las actas parroquiales? En cuanto a las actas parroquiales, hay que tener en cuenta que deben ser anteriores a la creación del Registro de las Personas del lugar, a su vez es importante tener en cuenta que si uno solicita un acta en una parroquia, debe tener sello y firma del párroco y a su vez debe ser legalizada ante la diócesis que corresponda.

6- Traducciones.

Al momento de presentar nuestra carpeta ante el consulado, debemos tener también traducciones de todas las partidas que presentamos (salvo la Italiana en caso de que sea Plurilingüe). Esto también dependiendo de cada Consulado, debe ser realizado por un traductor público matriculado (lo cual recomendamos de todas formas hacer). Un consejo con respecto a este tema: Recomendamos esperar a realizar las traducciones hasta que tengan el Certificado de No Naturalización, una vez que lo tienen, hagan las traducciones, por las dudas para no gastar dinero de gusto.

7- Turno en el Consulado

Un tema muy consultado es el turno en el Consulado. Para presentar nuestra carpeta al consulado debemos reservar previamente un turno, la modalidad varía según cada consulado, pero el costo del turno es igual en todo el país y es de 300 euros. Sabemos que es complicado, pero no dejen de intentar sacarlo, insistan porque se puede, lleva tiempo a veces pero se puede. Un consejo con respecto al turno, una vez que tienen en sus manos el Certificado de No Naturalización, ya comiencen a tratar de reservar turno, y en el transcurso del tiempo que demora el turno, realizan las traducciones. Acá les dejamos el link de la Embajada de Italia en Argentina, directo a la red consular: https://ambbuenosaires.esteri.it/ambasciata_buenosaires/it/ambasciata/la_rete_consolare/la-rete-consolare.html

8- Copia certificada de nuestro DNI

Al momento de presentarnos en el Consulado el día del turno, también deben llevar una copia certificada de su DNI.

9- Un servicio a su nombre

Para qué sirve esto, pensarán ustedes, los consulados nos exigen esto ya que sirve para acreditar que uno posee una antigüedad de al menos 1 año en el domicilio que aparece en nuestro DNI por el cual nos corresponde ese Consulado.

Esperamos que les sea de utilidad esta información, y como siempre, estamos a disposición para cualquier consulta. Pueden escribirnos por los medios de esta página, y seguirnos en redes sociales como @activeciudadanias

¡Éxitos en el armado de su carpeta!