Tengo la carpeta lista ¿y ahora? ¿Cómo hago para probar la residencia?
Cuando terminamos de completar la carpeta, debemos completar la solicitud de ISTANZA PER IL RICONOSCIMENTO DELLA CITTADINANZA ITALIANA. El cual les dejamos disponible para descargar al final del artículo.
Allí una de las cuestiones mas importantes es nuestro domicilio, y muchas personas nos han preguntado acerca de cómo hago para probar la residencia y qué documentos me aceptan.
La información que se encuentra a continuación corresponde al Consulado General Italiano de Bahía Blanca, y fue por ellos emitida.
¿Qué documentos se aceptan como prueba de residencia? Los siguientes:
1) Factura de pago de los siguientes servicios: electricidad, gas, teléfono fijo, internet y televisión por cable
Naturalmente, en dicha factura deberá constar el mismo domicilio que el solicitante declaró en su istanza. La fecha de la factura no podrá tener una antigüedad mayor a 6 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la istanza.
2) Certificado de alumno regular expedido por escuelas, universidades o institutos de formación reconocidos por las autoridades locales.
En dicho certificado deberán figurar los siguientes datos: nombre, apellido, fecha de nacimiento y, en lo posible, domicilio del estudiante.
Además, la institución en la que se realiza el curso deberá tener su sede en la misma localidad en la que el solicitante declara -en su istanza– tener residencia. Y el año de cursado que figure en el certificado deberá coincidir con el año en que se presenta la istanza. Se podrá adjuntar a dicho certificado la factura de pago del curso, cuya fecha no podrá superar los 6 meses contados a partir de la fecha de presentación de la istanza.
3) Certificado de inscripción en una obra social/prepaga o factura mensual
En dicho certificado deberán figurar los siguientes datos del solicitante: nombre, apellido, fecha de nacimiento y domicilio, además de la fecha de alta de la cobertura médica.
La fecha de expedición no podrá superar los dos meses, contados a partir de la fecha de presentación de la istanza. El certificado se presenta en original -con firma y sello del funcionario competente- y también será válido para los familiares a cargo (es decir el cónyuge o el hijo del titular también podrá presentarlo).
Además se aceptará la factura del pago mensual del servicio de cobertura médica, siempre que incluya nombre, apellido y domicilio del solicitante. La fecha de la factura no podrá superar los seis meses, contados a partir de la fecha de presentación de la istanza.
4) Recibo de sueldo o constancia de inscripción en la AFIP para trabajadores autónomos.
Naturalmente, en dicha documentación deberá constar el nombre, apellido y domicilio del solicitante. Si el recibo no indicara el domicilio, se podrá adjuntar una copia del resumen de la cuenta sueldo o un certificado del empleador que declare el domicilio del empleado.
El recibo de sueldo deberá corresponder al mismo mes en que se presenta la istanza o al mes anterior y la constancia de inscripción en la AFIP (monotributo o responsable inscripto) deberá ser vigente. No se aceptarán certificados vencidos.
5) Certificado de matriculación expedida por un Colegio Profesional que pertenezca al distrito consular
En el certificado deberá figurar nombre, apellido, fecha de nacimiento y domicilio del solicitante. Su fecha de expedición deberá ser del mismo mes en que se presenta la istanza.
6) Contrato de alquiler a nombre del solicitante o factura de pago de alquiler
En el contrato deberá figurar el nombre, apellido y DNI del solicitante y además deberá estar registrado en Rentas o firmado ante Escribano Público. Y el inmueble deberá estar destinado a uso habitacional, es decir deberá corresponder al inmueble en el cual el solicitante viviera y tuviera domicilio.
No se aceptarán contratos de alquiler de locales comerciales, cocheras o terrenos ni contratos estipulados por el solicitante a beneficio de terceros.
La factura de pago de alquiler deberá ser emitida a través del sistema de facturación oficial de la AFIP y la fecha de no podrá superar los seis meses, contados a partir de la fecha de presentación de la istanza. No se aceptarán recibos completados a mano.
7) Constancia emitida por ANSES, para solicitantes jubilados
En el certificado deberá figurar el nombre, apellido, fecha de nacimiento y domicilio del jubilado. Su fecha de expedición deberá corresponder al mismo mes en que se presentara la istanza o al mes anterior. El certificado debe ser presentado en original, con firma y sello del funcionario competente.
¿Qué documentos NO se aceptan como prueba de residencia? Los siguientes:
Facturas de agua, cloacas, pavimento; seguros contra robos o incendios; impuestos municipales y/o provinciales (tanto de inmuebles como de vehículos);
Títulos de propiedad del automotor, seguros de automotor, carnet de conducir;
Facturas de telefonía celular, resúmenes de cuenta bancarias o de tarjetas de crédito, servicios de ambulancia o emergencias médicas, seguros de vida, servicios de sepelio;
Documentación que acredite la propiedad de locales comerciales, terrenos o inmuebles sujetos a alquiler/rentas. Tampoco documentación referida a empresas de las cuales el solicitante fuera titular;
Declaraciones juradas ante Escribano o autoridad policial.
Aquí les dejamos el link para que puedan descargar la solicitud de Istanza.
istanza_per__riconoscimento_della_cittadinanza_italiana_iure_sanguinis.docx
Gracias como siempre por leernos, y recuerden nunca bajar los brazos.. Puede tardar en llegar una partida, puede demorar en resolverse el expediente, pero nunca jamás hay que bajar los brazos. Vale la pena la espera.
Agradecemos a Ana Laura Olazábal por la colaboración con la información.